Un peligroso precedente contra la libertad de prensa podría establecerse en Puerto Rico de prevalecer una orden de la jueza Katherine Silvestri, del Tribunal Superior de San Juan, para que la periodista Cándida Cotto, del semanario Claridad, revele el nombre de la fuente confidencial que utilizó para un artículo que es ahora objeto de un pleito legal ante dicho tribunal.
DECLARACIÓN ÍNTEGRA DE LAS ASOCIACIONES DE PRENSA PUERTORRIQUEÑAS
Un peligroso precedente contra la libertad de prensa podría establecerse en Puerto Rico de prevalecer una orden de la jueza Katherine Silvestri, del Tribunal Superior de San Juan, para que la periodista Cándida Cotto, del semanario Claridad, revele el nombre de la fuente confidencial que utilizó para un artículo que es ahora objeto de un pleito legal ante dicho tribunal. Desde el principio, el abogado de Claridad y la periodista afirmó que, como principio, no revelarían- en este ni en ningún caso- la identidad de sus fuentes confidenciales.
Claridad y Cotto fueron demandados por difamación y libelo por un ex rector del Recinto de Carolina de la Universidad de Puerto Rico y su cónyuge, por declaraciones citadas en dicho artículo provenientes de una fuente confidencial. El Tribunal determinó que el demandante es una figura pública, y como tal debía probar malicia real por parte del periódico y la periodista. Sin embargo, sostuvo que para que el demandante tuviera la oportunidad de establecer dicha malicia, la periodista debía revelar la identidad de su fuente para que el Tribunal pueda establecer la confiabilidad de la misma.
Consideramos que este es un caso que puede tener repercusiones insospechadas para toda la prensa del País. De prevalecer la determinación del Tribunal, cualquier medio o periodista podría estar sujeto a tener que revelar sus fuentes, en casos de figuras públicas sobre las que se brinde información obtenida de fuentes confidenciales, intimidando a los periodistas, a sus fuentes potenciales, y afectando que la prensa pueda realizar libremente su función investigativa e informativa.
La Carta de Derechos de la Constitución de Puerto Rico dispone que no exista ninguna ley que restrinja la libertad de prensa en el País. Este derecho también está protegido por la primera enmienda de la Constitución de Estados Unidos, extensiva a los puertorriqueños.
Por tanto, los abajo firmantes, en representación de las organizaciones de prensa en Puerto Rico, reiteramos nuestra convicción de que, para que la prensa pueda ejercer su libertad sin cortapisas, es indispensable que prevalezca el principio de la confidencialidad de las fuentes. Expresamos nuestra solidaridad y respaldo periódico Claridad y a la compañera periodista Cándida Cotto, y ponemos todos nuestros foros y recursos a su disposición en esta coyuntura trascendental para afirmar la importancia y absoluta necesidad de contar con una prensa libre.
23 de mayo de 2012
Rafael Lenín López, Presidente Asociación de Periodistas de Puerto Rico Milly Méndez, Presidenta Overseas Press Club Luis Rolón, Presidente Asociación de Fotoperiodistas de Puerto Rico
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