El PIP ha decidido participar en un plebiscito propuesto por el PNP. Dicha decisión es desacertada en derecho y políticamente peligrosa.
El plebiscito propuesto constaría de dos preguntas. La primera si el pueblo de Puerto Rico acepta una relación colonial y territorial. Si el pueblo respondiera que no, entonces deberá escoger entre lo que el PIP ha denominado como las alternativas descolonizadoras reconocidas bajo el derecho internacional: estadidad, independencia o libre asociación. El PNP ha declarado su intención de añadir una cuarta opción: un estado libre asociado no colonial y no territorial.
La primera pregunta conlleva preguntarle a un pueblo si desea permanecer o no bajo el colonialismo, lo que implica un reconocimiento de los títulos coloniales reclamados por la metrópolis. Sin embargo bajo el derecho internacional vigente, a partir de la aprobación de la Resolución 1514(XV), todos los títulos en los que se fundó o se pretendió fundar la soberanía o el dominio sobre un territorio han caducado en cuanto violan el principio de la libre determinación de los pueblos sometidos a la dominación colonial y extranjera. En virtud del nuevo decreto internacional aplicable, todos los antiguos títulos coloniales resultantes del viejo y caducado derecho internacional, han dejado de existir. (Gross Espiell) Que la legalidad de los títulos obtenidos en ese momento y de esa forma aún persista, no es distinto a que se les reconociera titularidad a los amos de los esclavos de plantaciones del siglo 19. Después de todo el colonialismo se basa en el racismo, en la creencia de que hay unas razas y unos pueblos más capacitados para gobernar porque son blancos, porque son poderosos económicamente y porque no tienen la capacidad para mirarse en un espejo y reconocerse como lo que son: explotadores y usurpadores de tierras y riquezas ajenas.
El derecho de descolonización nace de un derecho fundamental supremo: el derecho a la libre determinación de los pueblos. Tal concepto se fundamenta en el principio del consentimiento de los gobernados, plasmada en la Declaración de Independencia de Estados Unidos de 1776: ”governments are instituted among men deriving their just powers from the consent of the governed.”
El Presidente de EEUU Woodrow Wilson consideraba el derecho a la libre determinación como norma imprescindible en las relaciones internacionales: “No peace can last, or ought to last, which does not recognize that governments derive all their just power from the consent of the governed and that no right anywhere exists, to hand peoples about from sovereignty to sovereignty as if they were property. Peoples and provinces are not to be bartered about from sovereignty to sovereignty as if they were chattels and pawns in the game… Self-determination is not a mere phrase. It is an imperative principle of action, which state men will henceforth ignore at their peril.”
Por lo tanto, partir en un proceso de libre determinación preguntando al pueblo de Puerto Rico si quiere o no continuar en una relación colonial es aceptar el reclamo de la soberanía basada en el título colonial del imperio estadounidense. Es una aberración jurídica y política.
La segunda parte de la propuesta de plebiscito del PIP, escoger entre lo que ellos denominan como las alternativas descolonizadoras reconocidas bajo el derecho internacional, conlleva un reconocimiento y aceptación de la estadidad como alternativa descolonizadora. El compañero Fermín Arraiza Navas ha escrito varios artículos en este periódico sobre lo equivocada que resulta dicha noción. Arraiza fundamenta su posición en la opinión de la corte Internacional de Justicia (CIJ) en el caso de Namibia. Ante las pretensiones de Sur África de conculcar el derecho de dicho pueblos a su libre determinación e independencia, la ONU fue clara: no le reconoció a Sur África el derecho a apropiarse de un territorio que se le había encomendado la tutela para ayudar al desarrollo del territorio y encaminarlo al gobierno propio. No hay diferencia entre lo que pretendía Sur África con Namibia y lo que ha hecho EEUU. Sus prácticas de dominación por ser más sofisticadas no son menos violatorias de los derechos de nuestro pueblo a su libre determinación.
Los principios aplicables a procesos de verdadera libre determinación exigen que este se dé libre del control o interferencia del gobierno de otro Estado en lo que concierne al gobierno interno del territorio así como completa autonomía en lo que concierne a los asuntos económicos y sociales. (Resolución ONU 567, 1952, Anejo). En el 1953, la ONU enfatizó en la Resolución 742(VIII) que el gobierno propio puede ser alcanzado mediante asociación con otro Estado o grupo de Estados si se decide libremente y sobre la base de una absoluta igualdad. (Corbin)
La Resolución 1514(XV) enfatiza que el derecho a la libre determinación exige la transferencia de todos los poderes, sin condiciones ni reservas, rechazando así la imposición de la metrópolis de leyes y reglamentos que puedan influir en los procesos electorales de manera tal que den al traste con la posibilidad del pueblo del territorio de tomar una decisión verdaderamente libre y basada en su bienestar e intereses.
Asimismo, la ONU tiene un papel importante que jugar en procesos de descolonización en el mundo, asumiendo un rol de educación sobre las alternativas descolonizadoras que pueden considerar los pueblos, evitando así la influencia y presión indebida de la metrópolis. Para evitar dicha influencia contraria a los intereses del pueblo bajo colonialismo, la Resolución 1514(XV) ha establecido la adopción de medidas cautelares mínimas como son: que la metrópolis se abstenga de llevar a cabo actividades de explotación de los recursos humanos y económicos del territorio; la presencia de bases militares se rechaza por considerarlas como un impedimento al ejercicio de libre determinación; se requiere la participación de la comunidad internacional en cualquier proceso de consulta para garantizar la objetividad en la información provista al pueblo y desalentar la intervención del poder colonizador; requiere el cese de toda actividad de represión contra los luchadores por la independencia; además de la anteriormente mencionada transferencia de poderes incondicionalmente y sin reservas.
El liderato del PIP tiene profesores expertos en derecho internacional, por lo tanto la posición tomada con relación al plebiscito propuesto por el PNP es a sabiendas de la falta de legitimidad jurídica bajo el derecho internacional que tiene ese ejercicio fútil que le costará millones de dólares al pueblo de Puerto Rico. Por lo tanto tenemos que concluir que si no tiene legitimidad jurídica debe tener un valor político considerable para que el PIP participe en dicho plebiscito.
El PIP lleva años repitiendo que EEUU no aceptará nunca el ingreso de Puerto Rico como estado de la unión. Tal vez el problema es que de tanto repetirlo se lo han creído y no han tomado el tiempo para reflexionar sobre la situación geopolítica que vivimos. Veintinueve (29) países de América Latina y el Caribe por primera vez en la historia de este continente se han puesto de acuerdo para constituir una Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Caribe (CELAC). Este evento es el evento político más importante que se ha dado en nuestro continente. Es el grito de independencia final de nuestros pueblos: es la formación de la Patria Grande. Esta comunidad es un desafío directo a la centenaria hegemonía de EEUU en el hemisferio. No solo es un desafío político, sino que también económico, ya que conlleva la adopción de una moneda de intercambio en la comunidad, el SUCRE (Sistema Unico de Compensación Regional) y la creación de un Banco del Sur para los depósitos de los dineros de los países miembros y la obtención de financiamiento.
Ante este reto de los países latinoamericanos y caribeños al poder hegemónico de EEUU, se debe anticipar que si en algún momento EEUU hubiera tenido la más mínima intención de propiciar o permitir un verdadero ejercicio de libre determinación en Puerto Rico, de lo cual no han dado evidencia en 113 años de colonialismo, sino todo lo contrario, sería ingenuo pensar que en este momento EEUU no pueda considerar seriamente otorgar la estadidad para Puerto Rico o la incorporación del territorio. Puerto Rico es el único agarre territorial completamente bajo su control que le queda en el continente americano y ahora más que nunca se va a aferrar a nuestro territorio con uñas y garras.
Por lo tanto no podemos pensar que la decisión del PIP de lanzarse a un plebiscito que esté encaminado al “triunfo” de la estadidad pueda ser el resultado de la irreflexión o costumbre. Conocemos la brillantez de los líderes del PIP. Solo queda concluir que lo que mueve al PIP a participar en el plebiscito del PNP es por consideraciones puramente electorales: su política de no alianzas con el sectores autonomistas del PPD por considerarlo contrario al mensaje contra el voto melón (el cual ha sido eliminado en la reforma electoral), sumado ahora a su rechazo al sector autodenominado como soberanista, que son los sectores que le podrían restar votos en las próximas elecciones. Definitivamente no son éstas consideraciones basadas en la primacía de los intereses patrios, en la lucha por la independencia ni en la defensa de la nación puertorriqueña.
La hoja de ruta tomada por el PIP es peligrosa para ellos como partido que representa la independencia en las urnas, porque lejos de sumarle o preservarle votos tendrá el efecto de alejar aún más a votantes que sin ser pipiolos históricamente han votado con ellos, no le va a atraer votos nuevos y es peligrosa para la patria puertorriqueña porque legitima la estadidad como alternativa descolonizadora, le hace el juego a EEUU al aceptar proceso plebiscitarios que no cumplen con el derecho internacional e impulsan al pueblo de Puerto Rico a una toma de decisión sin las medidas cautelares que provee el derecho internacional ni la educación, preparación y supervisión adecuada para el mismo.
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